Si te despidieron de tu trabajo sin una causa justificada, la Ley Federal del Trabajo te protege con el derecho a recibir una liquidación por despido. Conocer exactamente cuánto te corresponde es fundamental para que ningún derecho quede sin cobrar. En esta guía te explicamos paso a paso cómo hacer el cálculo de liquidación por despido en México, con cifras actualizadas a 2026 y un ejemplo práctico que puedes adaptar a tu caso.
Es importante que sepas que la liquidación y el finiquito son conceptos diferentes. El finiquito se paga siempre que termina la relación laboral (por renuncia, mutuo acuerdo o despido), mientras que la liquidación es una compensación adicional que aplica específicamente en casos de despido injustificado, y te corresponde recibir ambos.
¿Qué es la liquidación por despido injustificado?
La liquidación por despido injustificado es la compensación económica que tu empleador está obligado a pagarte cuando te despide sin una causa válida prevista en el Artículo 47 de la Ley Federal del Trabajo. Este derecho está fundamentado en el Artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en los artículos 48 y 50 de la LFT.
Un despido se considera injustificado cuando el patrón no puede demostrar que existió alguna de las causales de rescisión establecidas en la ley, como faltas graves, actos de deshonestidad o acumulación de más de tres faltas en un período de 30 días sin justificación.
Conceptos que incluye la liquidación por despido
Tu liquidación completa se compone de la indemnización más el finiquito. A continuación te detallamos cada concepto:
Indemnización (exclusiva del despido injustificado)
- Indemnización constitucional (3 meses de salario): Equivale a 90 días de tu salario diario integrado. Es el concepto principal de toda liquidación por despido injustificado, conforme al Artículo 48 de la LFT.
- 20 días de salario por cada año trabajado: Se paga por cada año de servicios prestados. Se calcula con base en tu salario diario integrado y aplica cuando el trabajador demanda la reinstalación y el patrón se niega, o en los supuestos del Artículo 50 de la LFT.
- Prima de antigüedad: Equivale a 12 días de salario por cada año de servicio. Si tu salario diario supera el doble del salario mínimo vigente ($315.04 × 2 = $630.08 en 2026), se tomará como base máxima esa cantidad.
Finiquito (se paga siempre al terminar la relación laboral)
- Días trabajados y no pagados: El salario correspondiente a los días que trabajaste desde tu último pago hasta la fecha del despido.
- Aguinaldo proporcional: La parte proporcional del aguinaldo (mínimo 15 días de salario al año) correspondiente al tiempo trabajado en el año en curso.
- Vacaciones no disfrutadas: El pago de los días de vacaciones que no tomaste, proporcionales al tiempo trabajado.
- Prima vacacional proporcional: El 25% sobre el monto de las vacaciones proporcionales que te correspondan.
- Otras prestaciones: Bonos, comisiones, fondo de ahorro, vales, PTU (Participación de los Trabajadores en las Utilidades) u otras prestaciones pactadas en tu contrato laboral.
¿Qué es el Salario Diario Integrado (SDI)?
El Salario Diario Integrado es la base para calcular tu liquidación. No es simplemente tu sueldo entre 30, sino que incluye el valor proporcional de tus prestaciones. Según el Artículo 84 de la LFT, el salario se integra con los pagos hechos por cuota diaria, gratificaciones, percepciones, habitación, primas, comisiones, prestaciones en especie y cualquier otra cantidad que se entregue al trabajador por su trabajo.
La fórmula para calcularlo es:
El factor de integración para un trabajador con 1 año de antigüedad y prestaciones mínimas de ley es aproximadamente 1.0493. Este se obtiene sumando:
• Proporción diaria del aguinaldo: 15 días / 365 = 0.0411
• Proporción diaria de prima vacacional: (12 días × 25%) / 365 = 0.0082
• Total: 1 + 0.0411 + 0.0082 = 1.0493
Ejemplo practico de calculo de liquidacion por despido
Veamos un caso concreto para que puedas aplicar estos conceptos a tu situación. Supongamos los siguientes datos:
- Salario mensual: $15,000 MXN
- Salario diario: $15,000 / 30 = $500.00 MXN
- Antigüedad: 3 años
- Fecha de ingreso: 1 de marzo de 2023
- Fecha de despido: 23 de febrero de 2026
- Días trabajados en el año 2026: 54 días (del 1 de enero al 23 de febrero)
- Días de vacaciones por 3 años de antigüedad: 14 días
Paso 1: Calcular el Salario Diario Integrado
Para 3 años de antigüedad con prestaciones de ley (14 días de vacaciones, 15 días de aguinaldo, 25% de prima vacacional):
- Factor de integración = 1 + (15/365) + (14 × 0.25 / 365) = 1 + 0.0411 + 0.0096 = 1.0507
- SDI = $500.00 × 1.0507 = $525.35 MXN
Paso 2: Calcular la indemnización
- 3 meses de salario (indemnización constitucional): $525.35 × 90 días = $47,281.50
- 20 días por año trabajado: $525.35 × 20 días × 3 años = $31,521.00
- Prima de antigüedad: $500.00 × 12 días × 3 años = $18,000.00 (se usa el salario diario ordinario ya que no excede el doble del salario mínimo de $630.08)
Paso 3: Calcular el finiquito
- Días trabajados no pagados (supongamos 8 días del último periodo): $500.00 × 8 = $4,000.00
- Aguinaldo proporcional: ($500.00 × 15 días) / 365 × 54 días trabajados en 2026 = $1,109.59
- Vacaciones proporcionales: ($500.00 × 14 días) / 365 × 54 días = $1,035.62
- Prima vacacional: $1,035.62 × 25% = $258.90
Paso 4: Total de la liquidación
• Indemnización constitucional: $47,281.50
• 20 días por año: $31,521.00
• Prima de antigüedad: $18,000.00
• Días trabajados no pagados: $4,000.00
• Aguinaldo proporcional: $1,109.59
• Vacaciones proporcionales: $1,035.62
• Prima vacacional: $258.90
Total aproximado de liquidación: $103,206.61 MXN
Este monto es un cálculo aproximado con prestaciones mínimas de ley. Si tu contrato incluye prestaciones superiores (más días de aguinaldo, fondo de ahorro, bonos, etc.), el monto total será mayor.
Salarios caidos: un concepto adicional importante
Si decides demandar a tu empleador ante un Tribunal Laboral por despido injustificado, y el patrón no logra comprobar la causa del despido, además de la liquidación tienes derecho a recibir salarios caídos (también llamados salarios vencidos). Estos corresponden a los salarios que dejaste de percibir desde la fecha del despido.
- Se pagan por un máximo de 12 meses de salario.
- Si el juicio se extiende más allá de los 12 meses, se generan intereses del 2% mensual sobre el importe de 15 meses de salario, hasta que se emita el laudo o sentencia.
Diferencia entre liquidacion y finiquito
Es muy común confundir estos dos términos. Aquí te mostramos las diferencias clave:
- Finiquito: Se paga en cualquier forma de terminación laboral (renuncia voluntaria, mutuo acuerdo, fin de contrato o despido). Incluye días trabajados no pagados, aguinaldo, vacaciones y prima vacacional proporcionales.
- Liquidación: Se paga exclusivamente cuando el despido es injustificado o cuando el trabajador rescinde la relación laboral por causas imputables al patrón (Artículo 51 de la LFT). Incluye la indemnización constitucional, 20 días por año y prima de antigüedad, además del finiquito.
¿Que hacer si te despiden injustificadamente?
Si consideras que tu despido fue injustificado, estos son los pasos que debes seguir para reclamar tu liquidación:
- No firmes nada bajo presión: Antes de firmar cualquier documento de renuncia o finiquito, revisa cuidadosamente el contenido. Firmar una renuncia voluntaria puede hacer que pierdas el derecho a la liquidación.
- Solicita tu carta de despido: Pide a tu empleador que te entregue por escrito el aviso de rescisión, donde debe indicar los motivos del despido. Si no te lo entrega, esto fortalece tu caso.
- Acude al Centro de Conciliación Laboral: El primer paso obligatorio es acudir al Centro de Conciliación Laboral de tu estado. Aquí un conciliador te ayudará a buscar un acuerdo con tu patrón de manera gratuita.
- Demanda ante el Tribunal Laboral: Si no se llega a un acuerdo en la conciliación, puedes presentar una demanda formal ante el Tribunal Laboral correspondiente.
- Plazo para demandar: Tienes un máximo de 2 meses a partir de la fecha del despido para iniciar tu proceso de conciliación. No dejes pasar este plazo.
Tabla de dias de vacaciones por antiguedad (Ley Federal del Trabajo 2026)
Los días de vacaciones influyen directamente en el cálculo de tu liquidación. Con la reforma laboral vigente, la tabla actualizada es:
| Años de servicio | Días de vacaciones |
|---|---|
| 1 año | 12 días |
| 2 años | 14 días |
| 3 años | 16 días |
| 4 años | 18 días |
| 5 años | 20 días |
| 6 a 10 años | 22 días |
| 11 a 15 años | 24 días |
| 16 a 20 años | 26 días |
| 21 a 25 años | 28 días |
| 26 a 30 años | 30 días |
A partir del sexto año, se incrementan 2 días de vacaciones por cada 5 años de servicio adicionales.
Preguntas Frecuentes
¿Cuanto tiempo tengo para reclamar mi liquidacion por despido?
Tienes un plazo de 2 meses a partir de la fecha de tu despido para iniciar el proceso de conciliación ante el Centro de Conciliación Laboral correspondiente. Te recomendamos no esperar y actuar lo antes posible para proteger tus derechos.
¿Mi patron puede obligarme a firmar una renuncia?
No. Ningún empleador puede obligarte a firmar una renuncia voluntaria. Si te presionan para hacerlo, esto puede considerarse coacción y puedes denunciarlo. Si firmas una renuncia, pierdes el derecho a la liquidación y solo recibirás finiquito. Acude a la PROFEDET (Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo) para recibir asesoría gratuita.
¿La liquidacion por despido paga impuestos?
Sí, la liquidación está sujeta a retención del Impuesto Sobre la Renta (ISR). Sin embargo, existe una exención fiscal de hasta 90 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA) diaria por cada año de servicio. Los montos que excedan esta exención estarán gravados conforme a las tablas del ISR.
¿Que pasa si mi patron no quiere pagarme la liquidacion?
Si tu patrón se niega a pagarte lo que te corresponde, debes acudir primero al Centro de Conciliación Laboral de tu localidad para intentar un acuerdo. Si no se logra la conciliación, puedes demandar ante el Tribunal Laboral. También puedes solicitar apoyo gratuito en la PROFEDET al teléfono 800 911 7877 o en sus oficinas presenciales.
¿Me corresponde liquidacion si estoy en periodo de prueba?
Sí. Aunque estés en periodo de prueba (máximo 30 días según la LFT), si tu despido es injustificado tienes derecho a la indemnización constitucional de 3 meses de salario y las prestaciones proporcionales. El periodo de prueba no elimina tus derechos laborales.
¿Como calculo mi liquidacion si trabajaba por honorarios?
Si tu relación laboral real era de subordinación (tenías horario fijo, recibías órdenes, usabas herramientas del patrón), aunque te pagaran por honorarios, la ley te reconoce como trabajador. En este caso tienes derecho a liquidación. Necesitarás demostrar ante el Tribunal Laboral que existía una relación laboral de hecho.
Recursos oficiales y fuentes de consulta
Para obtener más información o asesoría gratuita sobre tu liquidación, consulta estas fuentes oficiales:
- PROFEDET - Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (asesoría legal gratuita, teléfono: 800 911 7877)
- STPS - Secretaría del Trabajo y Previsión Social
- Ley Federal del Trabajo (texto completo)
- Centros de Conciliación Laboral
